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Declaración común
con ocasión del sexagésimo aniversario de la
Declaración Universal de los Derechos Humanos

Constatando

  • que 60 años después de la proclamación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos los mismos estados que la firmaron y ratificaron siguen sin garantizar los derechos esenciales contenidos en la misma;
  • que la libertad de expresión, de opinión, y de conciencia todavía se considera como una delito político;
  • que las persecuciones, los abusos de poder, la tortura, la intolerancia cultural, filosófica o religiosa demuestran una negación de los compromisos por los Estados firmantes;
  • que las minorías no disfrutan del respeto y de la protección jurídica propios de su identidad;
  • que en la tribuna de la ONU los representantes de los Estados se alían o se combaten según sus propios intereses en detrimento de los intereses de sus pueblos y de la preocupación por la humanidad.

Considerando

  • Cada uno de los 30 atículos enunciados en la DUDH y especialmente los artículos 21 y 28;
  • Que sin la posibilidad de recurso individual o colectivo a una instancia supranacional los derechos fundamentales del hombre no pueden ser asegurados con el respeto al carácter indivisible e inalienable de dichos derechos.

Nosotros, ciudadanos y demócratas del mundo, verdaderos defensores de la soberanía del pueblo, unidos en una misma exigencia de reconocimiento sin condiciones de la dignidad humana, de la universalidad de los derechos humanos y de las libertades, decididos a actuar en el espíritu de la fraternidad común

Reclamamos

  • un derecho de expresión del pueblo mundial en el seno de la institución de la ONU tal y como existe en la actualidad

Y para este fin:

  • Que se cree una asamblea representativa salida de elecciones organizadas a nivel mundial;
  • Que esta asamblea del pueblo mundial sea una asamblea deliberante dotada de poderes efectivos en las cuestiones relativas a los derechos y libertades enunciados en la Declaración Universal;
  • Que esta asamblea decida y actue conforme a reglas democrática de procedimiento y con independencia de cualquier representación de los Estados.

En virtud de lo cual

  • Exhortamos a nuestros jefes de Estado y de gobierno a llevar nuestra petición al orden del día de la Asamblea general de las Naciones unidas y a reiterar nuestra demanda ante el Consejo de Seguridad, hasta que se emprenda una reforma de la Carta de la ONU que respete nuestra voluntad;
  • Aseguraremos con vigilancia y determinación el seguimiento de dicha petición entregada a nuestros representantes por delegación;
  • Afirmamos ser solidarios con cualquier compromiso o movilización del pueblo mundial que tienda a sostener esta causa.

Declaramos la legitimidad de nuestra demanda con referencia a los orígenes históricos de la Carta de las Naciones unidas y a lo bien fundado de sus resoluciones contenidas en el preámbulo.


 Lista firmantes : Organizaciones - personas


Declaración Universal de Derechos Humanos

Artículo 21.3 . La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 28 : Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Texto completo

 

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